lunes, 8 de junio de 2020

Atención transportistas:


El MTC sólo autoriza a conductores realizar el traslado de personal de empresas a nivel nacional
El sector recuerda que el transporte interprovincial de pasajeros está prohibido durante la cuarentena.
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones-MTC- recuerda que el transporte interprovincial de pasajeros está prohibido durante el Estado de Emergencia Nacional. Por ello, el sector propone alternativas para reactivar a nivel nacional y progresivamente a este grupo de transportistas.

En ese escenario, el MTC precisa que sólo se autoriza a los transportistas que brindan el servicio interprovincial, turístico y escolar realizar el transporte especial a trabajadores de empresas (públicas y privadas) de un departamento a otro y dentro del mismo.
Para acogerse al régimen excepcional, los transportistas deben presentar ante la autoridad de transporte competente (Municipalidad provincial, gobierno regional o MTC, según corresponda) un documento informando su voluntad de acogerse al régimen excepcional.

Sólo podrán prestar este servicio los vehículos habilitados de las categorías M2 y M3 (vehículo que tiene más de ocho asientos), hasta que los sectores correspondientes levanten la suspensión de estos servicios de transporte.
Las autoridades competentes de transporte (Sutran, los gobiernos regionales, las municipalidades provinciales y la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao) fiscalizan el citado servicio de trabajadores en el ámbito de sus competencias.
Así lo precisa el Decreto Supremo N°101-2020- PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano, que establece la Fase 2 de la Reanudación de Actividades Económicas dentro del marco de la Emergencia Sanitaria Nacional.