El MTC sólo autoriza a conductores realizar el traslado de personal de empresas a nivel nacional
El sector recuerda que el
transporte interprovincial de pasajeros está prohibido durante la cuarentena.
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones-MTC- recuerda que el transporte
interprovincial de pasajeros está prohibido durante el Estado de Emergencia
Nacional. Por ello, el sector propone alternativas para reactivar a nivel
nacional y progresivamente a este grupo de transportistas.
En ese escenario, el MTC precisa
que sólo se autoriza a los transportistas que brindan el servicio
interprovincial, turístico y escolar realizar el transporte especial a
trabajadores de empresas (públicas y privadas) de un departamento a otro y
dentro del mismo.
Para acogerse al régimen
excepcional, los transportistas deben presentar ante la autoridad de transporte
competente (Municipalidad provincial, gobierno regional o MTC, según corresponda)
un documento informando su voluntad de acogerse al régimen excepcional.
Sólo podrán prestar este servicio
los vehículos habilitados de las categorías M2 y M3 (vehículo que tiene más de
ocho asientos), hasta que los sectores correspondientes levanten la suspensión
de estos servicios de transporte.
Las autoridades competentes de
transporte (Sutran, los gobiernos regionales, las municipalidades provinciales
y la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao) fiscalizan el citado
servicio de trabajadores en el ámbito de sus competencias.
Así lo precisa el Decreto Supremo
N°101-2020- PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano, que establece la
Fase 2 de la Reanudación de Actividades Económicas dentro del marco de la
Emergencia Sanitaria Nacional.